MADRID.- El Consejo de Estado considera que la
implantación del pago de un euro por cada receta expedida, vigente en la
Comunidad de Madrid desde el pasado 1 de enero, es inconstitucional, ya
que considera que la Comunidad "carece de la competencia necesaria para
modificar el sistema de acceso a la prestación farmacéutica".
Así consta en el dictamen, emitido el pasado 17 de enero, donde el Consejo de Estado considera,
además, que la medida, ya recurrida ante el Tribunal Constitucional por
parte del Gobierno central y el PSOE, vulnera varios artículos de la
normativa en materia de sanidad.
En concreto, considera que vulnera las normas básicas del Estado
recogidas en los artículos 2, 7, 8 y 23 de la ley de cohesión y calidad
del Sistema Nacional de Salud así como los 89.1, 94 y 94 bis de la ley
de garantías y uso racional de medicamentos.
De este modo, en el dictamen, emitido por mayoría con tres votos
particulares, se recoge que la imposición de la tasa en Madrid "rompe el
principio de igualdad en las condiciones de acceso a las prestaciones
dentro del Sistema Nacional de Salud" por cuanto que asocia "a la
adquisición del medicamento o del producto sanitario la obligación de
abonar una cantidad adicional a la que pueda corresponder al usuario
conforme al sistema de financiación con copago establecido en el SNS".
Esta obligación "adicional", según recoge, supone un incremento
del coste soportado por el usuario, "incremento que queda circunscrito
al ámbito de la Comunidad de Madrid".
De este modo, aseguran que aunque el concepto de esta obligación
sea "tributario" y se presente como que opera "al margen del sistema
legal de financiación de la prestación", el efecto que produce su
establecimiento es el de "configurar un coste económico a cargo del
usuario para acceder a la prestación farmacéutica distinto y superior al
que rige en el conjunto del SNS", lo que constituye "una quiebra del
principio esencial de igualdad efectiva" que recoge la normativa.
Asimismo, considera que la imposición de la tasa "tiene un efecto
material modificativo del sistema de financiación establecido con
carácter básico por el Estado en relación a la prestación farmacéutica"
aunque la "naturaleza jurídica de la tasa sea tributaria y diferente,
por tanto, a la que corresponde al copago".
En este sentido, explican que la tasa supone una modificación del
sistema de financiación en cuanto a la contribución económica del
usuario, puesto que se vincula a la prestación de determinados servicios
administrativos y su devengo se sitúa en el momento de la emisión de la
receta y no en el de dispensación.
El Consejo de Estado recurre en este caso a una decisión anterior
del Tribunal Constitucional, con relación a una ley autonómica "cuyo
contenido guarda cierto paralelismo" con esta, para declarar que la
"falta de competencia de la Comunidad de Madrid para fijar las
condiciones de acceso a las prestaciones supone que carece de
competencia para establecer una tasa en esta materia".
Uno de los votos particulares ha sido el emitido por la
exvicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega y el
exministro de Justicia Fernando Ledesma, que entienden que el dictamen
mayoritario debería haberse centrado en otros aspectos.
En concreto, en la "afectación que para la igualdad en el acceso y
el disfrute de las prestaciones sanitarias básicas tiene la norma
autonómica sometida a la consideración del Consejo de Estado, antes que
en la presunta vulneración de otros títulos competenciales del Estado".
En la misma dirección, entienden que el dictamen debería dirigirse
por el camino de las condiciones básicas que garantizan la igualdad. A
su juicio, no se pueden invocar en este caso "razones de competencia
exclusiva del Estado" como "vicios de inconstitucionalidad de una ley
autonómica" siempre que ésta respete el principio de igualdad que la
Constitución garantiza".
El voto de otro de los consejeros permanentes, Enrique Alonso
García, entiende que existen "fundamentos relativamente débiles para
plantear el recurso" y que no son los que articula el dictamen sino los
que derivarían de un "más detallado examen del contenido exacto de la
legislación básica".
Asimismo, considera que debería ser el ejercicio por el Gobierno
(iniciativa legislativa) y las Cortes Generales (ley) de la potestad de
fijación de las bases de la sanidad la que constitucionalmente debieran
dar la solución adecuada a este tipo de conflictos.